I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 965/2016 Sucre: 18 de agosto 2016 Expediente: LP-188-15-S Partes: David Darío Cortez Cazas c/ Lourdes Trinidad Aro Cortez Proceso: Divorcio Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 181 a 184, formulado por Lourdes Trinidad Aro de Cortez, contra el Auto de Vista Nº S-213/15 de 27 de julio, cursante de fs. 173 a 174, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de Divorcio, seguido por David Darío Cortez Cazas contra Lourdes Trinidad Aro Cortez, respuesta de fs. 185 a 186; concesión de fs. 185 vta. y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Séptimo de Partido de Familia de La Paz, dictó Sentencia Nº 518/2014 de fecha 17 de diciembre de 2014 cursante de fs. 141 a 143 y vta., por el que se declaró PROBADA la demanda de fs. 12-13 subsanado a fs. 21 de obrados, y PROBADA la acción Reconvencional de fs. 21 de obrados, ambas interpuestas por la causal del art. 131 del Código de Familia. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los esposos: David Darío Cortez Cazas y Lourdes Trinidad Aro Cortez. En ejecución de Sentencia se dispone la cancelación de la partida Matrimonial por ante el Servicio de Registro Cívico del Departamento de La Paz. Asimismo se homologa lo resuelto en audiencia de Medidas Provisionales de fs. 76 y el Auto de fs. 105 vta., de obrados en lo inherente a la asistencia familiar fijada a favor de David Andrés Cortez Aro, conforme al Art. 109-II de la Ley 603
Auto Supremo: 965/2016 Sucre: 18 de agosto 2016 Expediente: LP-188-15-S Partes: David Darío Cortez Cazas c/ Lourdes Trinidad Aro Cortez Proceso: Divorcio Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 181 a 184, formulado por Lourdes Trinidad Aro de Cortez, contra el Auto de Vista Nº S-213/15 de 27 de julio, cursante de fs. 173 a 174, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de Divorcio, seguido por David Darío Cortez Cazas contra Lourdes Trinidad Aro Cortez, respuesta de fs. 185 a 186; concesión de fs. 185 vta. y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Séptimo de Partido de Familia de La Paz, dictó Sentencia Nº 518/2014 de fecha 17 de diciembre de 2014 cursante de fs. 141 a 143 y vta., por el que se declaró PROBADA la demanda de fs. 12-13 subsanado a fs. 21 de obrados, y PROBADA la acción Reconvencional de fs. 21 de obrados, ambas interpuestas por la causal del art. 131 del Código de Familia. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los esposos: David Darío Cortez Cazas y Lourdes Trinidad Aro Cortez. En ejecución de Sentencia se dispone la cancelación de la partida Matrimonial por ante el Servicio de Registro Cívico del Departamento de La Paz. Asimismo se homologa lo resuelto en audiencia de Medidas Provisionales de fs. 76 y el Auto de fs. 105 vta., de obrados en lo inherente a la asistencia familiar fijada a favor de David Andrés Cortez Aro, conforme al Art. 109-II de la Ley 603
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por Lourdes Trinidad Aro de Cortez por memorial de fs
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
