De la lectura del memorial de pide aclaración y complementación, se constata que el mismo
De la lectura del memorial de pide aclaración y complementación, se constata que el mismo versa sobre el supuesto desconocimiento del memorándum de despido de 22 de octubre de 2011 por el de 1º de octubre de dicha gestión por parte del Auto Supremo ya aludido. Al respecto, el espíritu del instituto de la explicación y complementación radica en que se corrija cualquier error material, se aclare algún concepto oscuro sin que se altere lo sustancial de la resolución motivo de solicitud de explicación o suplir cualquier omisión en que se hubiere incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en litigio. En tal sentido, de la revisión del Auto Supremo se constata que éste realiza un análisis sobre el momento de desvinculación del demandante con la empresa, incluso con una relación de fechas y momentos contemporáneos al trabajo de auditoría realizada sobre los manejos administrativos del demandante, por lo que es clara su redacción y por tanto no amerita explicación y aclaración, ya que en el marco de la congruencia y exhaustividad, se aplicó las normas pertinentes y concluyó en la forma resuelta
- VISTOS: La solicitud de aclaración y complementación, presentada por Aurora Miranda Carvallo, en representación de
- CONSIDERANDO I
- Planteada la aclaración y complementación, a pesar de que los fundamentos de la decisión del
- De la lectura del memorial de pide aclaración y complementación, se constata que el mismo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y archívese.
