Auto Supremo AS/0317-A/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0317-A/2016

Fecha: 29-Sep-2016

Planteada la aclaración y complementación, a pesar de que los fundamentos de la decisión del

CONSIDERANDO II:
Planteada la aclaración y complementación, a pesar de que los fundamentos de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia se encuentran plenamente explicados en la resolución correspondiente, en base a los argumentos expuestos por el demandante, se manifiesta lo siguiente:
El art. 196-2) del Código de Procedimiento Civil, se refiere a la facultad del juez, después de la sentencia, de corregir cualquier error material, aclarar algún concepto oscuro sin alterar lo sustancial y suplir cualquier omisión en que se hubiere incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en litigio, norma que concuerda con el art. 239 del mismo cuerpo legal