En grado de apelación deducida por el demandante Ariel Nicolás Rocabado Zannier por memorial de
En grado de apelación deducida por el demandante Ariel Nicolás Rocabado Zannier por memorial de fs. 195 a 196 y por la Empresa demandada a través de su representante por escrito de fs. 198 a 201 de obrados, la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto de Vista N° 01/2015 de 15 de enero, cursante de fs. 212 a 213 vta., resolviendo ambos recursos confirmó en todas sus partes la Sentencia N°. 166/2014. Sin costas por doble apelación
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.03/2016
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso social, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de la
- I.2. Auto de Vista
- En grado de apelación deducida por el demandante Ariel Nicolás Rocabado Zannier por memorial de
- De la revisión del recurso de casación en el fondo de fs
- A manera de ilustración cita el art
- Concluyó solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista N°
- 1.2.3. Respuesta al recurso
- El demandante en la sucinta respuesta al recurso planteado, de manera puntual manifestó que el
- CONSIDERANDO II: FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Del contenido del recurso de casación se advierte que la controversia se circunscribe a determinar
- II.1 Para resolver el reclamo planteado, corresponde partir de los siguientes criterios constitucionales y legales
- I
- II
- III
- En caso de incumplimiento de pago dentro del plazo establecido, el empleador pagará el monto
- En el marco de las disposiciones legales señaladas, se establece que el quinquenio no constituye
- Para la materialización del instituto o el perfeccionamiento del pago del quinquenio, será suficiente que
- En el contexto mencionado, en el caso de análisis se advierte que el actor Felipe
- De lo anterior se comprueba que, no es evidente que los de grado hubiesen incurrido
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
