Auto Supremo AS/0363/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0363/2016

Fecha: 30-Sep-2016

Consiguientemente, por los fundamentos expuestos corresponde resolver, conforme previenen los arts

Consiguientemente, por fundamentos expuestos se colige que el Tribunal de alzada no ha valorado correctamente los antecedentes en base a normas previstas para este tipo de trámites y se apartó de la amplia jurisprudencia sentada por este tribunal, aspecto que corresponde enmendar en esta instancia disponiendo que el SENASIR a través de la Comisión de Calificación de Rentas, proceda a certificar la compensación de cotizaciones en base a documentación presentada por el solicitante, ya que obrar en contrario sería ir contra los principios constitucionales y legales que reconocen el acceso al derecho a la seguridad social.
Consiguientemente, por los fundamentos expuestos corresponde resolver, conforme previenen los arts. 271.4) y 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social