Por memorial presentado el 1 de junio de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 728/2016-RA
Sucre, 26 de septiembre de 2016
Expediente: La Paz 69/2016
Parte Acusadora: Justiniano Saúl Quisbert Merlo y otra
Parte Imputada: Lidia Victoria Callisaya Laruta
Delitos: Despojo y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 1 de junio de 2016, cursante de fs. 259 a 261 vta., Lidia Victoria Callisaya Laruta, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 41/2016 de 5 de abril, de fs. 249 a 251 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Justiniano Saúl Quisbert Merlo y Nancy Tapia de Quisbert contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 351 y 346 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 728/2016-RA
Sucre, 26 de septiembre de 2016
Expediente: La Paz 69/2016
Parte Acusadora: Justiniano Saúl Quisbert Merlo y otra
Parte Imputada: Lidia Victoria Callisaya Laruta
Delitos: Despojo y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 1 de junio de 2016, cursante de fs. 259 a 261 vta., Lidia Victoria Callisaya Laruta, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 41/2016 de 5 de abril, de fs. 249 a 251 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Justiniano Saúl Quisbert Merlo y Nancy Tapia de Quisbert contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 351 y 346 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 1 de junio de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 25 de mayo de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 25 de mayo de 2016, fue
- Respecto al segundo motivo señala que el Auto de Vista impugnado, falla primero admitiendo y
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
