Auto Supremo AS/0760/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0760/2016-RA

Fecha: 29-Sep-2016

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, los recurrentes alegan de forma


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos, se establece que el 2 de marzo del 2016, fueron notificados los acusados con el Auto de Vista hoy impugnado; y, el 7 del mismo mes y año, interpusieron su recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley en cumplimiento del requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, los recurrentes alegan de forma confusa que el Tribunal de apelación a tiempo de anular la Sentencia se había basado en hechos inexistentes, incurriendo en falta de fundamentación probatoria y jurídica, llegando a condenar incluso a una co- acusada que fue declarada rebelde, sin demostrar los presuntos defectos de sentencia previstos por los incs. 1), 5) y 6) del art. 370 del CPP, a cuyo fin se limitan a hacer referencia a la prueba judicializada en el juicio y a un análisis bajo su perspectiva, sin tomar en cuenta que en el sistema recursivo vigente el recurso de casación tiene una finalidad notoriamente distinta a la asignada en otros sistemas procesales penales, pues en el ámbito de la función asignada por ley, le corresponde al Tribunal Supremo de Justicia desarrollar la tarea de unificar la jurisprudencia, a cuyo efecto la norma procesal penal impone a quien recurre de casación, por un lado a invocar precedentes contradictorios y por otro, a establecer con precisión en su recurso cuál la contradicción existente con la resolución recurrida