Auto Supremo AS/0003/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0003/2017

Fecha: 09-Ene-2017

En ese ámbito, se advierte de la excepción planteada, que la excepcionista además de hacer


En ese ámbito, se advierte de la excepción planteada, que la excepcionista además de hacer referencias a las normas que regulan el instituto de la prescripción, se limitó a señalar que desde el momento de la comisión del hecho ilícito -22 de diciembre de 2005- hasta la fecha de emisión de la certificación por el Director del Establecimiento Penitenciario de San Pedro de Sacaba, transcurrieron 10 años, 2 meses y 2 días; en primer lugar, corresponde señalar que del examen de las fotocopias legalizadas adjuntadas al incidente de extinción de la acción penal, se tiene, que evidentemente el hecho ilícito ocurrió el 21 de diciembre del 2005; por lo que, el plazo de la prescripción comenzó a correr desde la media noche del referido día