En el caso de análisis, de la revisión del memorial del recurso presentado y la
En el caso de análisis, de la revisión del memorial del recurso presentado y la documental adjuntada, evidencia que el recurrente cumplió los requisitos exigidos por los arts. 421 incisos 1) y 5) y 423 del Código de Procedimiento Penal, al haber justificado los motivos que fundan su pretensión, en las disposiciones aplicables, por lo que corresponde admitir el recurso y tramitarlo con arreglo al procedimiento señalado en el art. 406 de la citada Norma Adjetiva Penal, en previsión de la parte in fine del art. 423 de la misma disposición legal
- AUTO SUPREMO: 12/2017
- FECHA:Sucre, 25 de enero de 2017
- EXPEDIENTE Nº:39/2016
- PROCESO:Revisión Extraordinaria de Sentencia
- MAGISTRADA TRAMITADORA: Maritza Suntura Juaniquina
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- Indica que, conforme las modificaciones al Sistema Penal para adolescentes infractores, tal cual lo establece
- Que la Revisión de Sentencia constituye un recurso extraordinario, por el que es posible impugnar
- En el caso de análisis, de la revisión del memorial del recurso presentado y la
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del artículo 423
- Cítese al Fiscal General del Estado y al querellante Gerónimo Saravia Torrez, para que contesten
- Para la citación del querellante, líbrese provisión citatoria, cuyo diligenciamiento se comisiona a la Presidencia
- Sala Plena
