Por memorial presentado el 24 de octubre de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 058/2017-RA
Sucre, 24 de enero de 2017
Expediente: Potosí 44/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: José Franz Arias Villca
Delito : Estelionato
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de octubre de 2016, cursante de fs. 742 a 744, Víctor Jorge Velásquez Rivera, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 32/2016 de 9 de septiembre (fs. 734 a 735 vta.), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra José Franz Arias Villca, por la presunta comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionados por el art. 337 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 058/2017-RA
Sucre, 24 de enero de 2017
Expediente: Potosí 44/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: José Franz Arias Villca
Delito : Estelionato
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de octubre de 2016, cursante de fs. 742 a 744, Víctor Jorge Velásquez Rivera, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 32/2016 de 9 de septiembre (fs. 734 a 735 vta.), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra José Franz Arias Villca, por la presunta comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionados por el art. 337 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 24 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- "Que de su parte los co-imputados Juan Carlos Lima Alberto y Juliana Irene Cusi Sullcatuco
- Consiguientemente, siguiendo el presente razonamiento, el recurso de casación resulta inadmisible
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
