En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo de los cinco
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo de los cinco días hábiles previsto por la normativa penal; habida cuenta, que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista recurrido el 29 de septiembre de 2016, interponiendo el recurso de casación el 3 de octubre del mismo año; teniéndose con ello cumplido el requisito temporal previsto en el art. 417 del Código adjetivo penal, correspondiendo a continuación, verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad
- Por memorial presentado el 3 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 29 de septiembre de 2016 (fs
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo de los cinco
- Con relación al argumento impreciso del recurrente de casación, se tiene que primero alega que
- Por otra parte, la sola mención de violación de derechos a la defensa, legalidad y
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
