El art
4) Por otro lado indican, que los vocales que emitieron el Auto de Vista ahora recurrido, no hubiesen realizado una valoración jurídica y exhaustiva de las normas constitucionales procesales, incurriendo en los mismos defectos del Juez del Tribunal de Sentencia de Valle Grande, menos habrían realizado una fundamentación ya que no se pronunciaron sobre la apelación, específicamente sobre la denuncia del art. 370 inc. 8 del CPP; además, no realizo el control de legalidad de manera fundamentada ya que en la Sentencia existe contradicción, pues la misma solo relata los hechos probados y en ninguna parte se refiere a los hechos no probados, en pocas palabras, se tiene que la víctima ganó en el considerando y perdió en el por tanto. Finalmente agrega que el Auto de Vista no se pronuncia sobre el voto disidente, vulnerándose así el debido proceso en su elemento debida fundamentación.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- 1) Alega de manera general que se ha vulnerado el debido proceso y la jurisprudencia
- 3) Asimismo señalan que la afirmación del Tribunal de alzada, en sentido que los miembros
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con referencia al cuarto motivo, los recurrentes señalan que, los vocales que emitieron el Auto
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
