Por memorial presentado el 3 de noviembre de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 081/2017-RA
Sucre, 24 de enero de 2017
Expediente: Tarija 88/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Nivar José Alfaro Ortega
Delito: Abuso Sexual
RESULTANDO
Por memorial presentado el 3 de noviembre de 2016, cursante de fs. 163 a 165, Nivar José Alfaro Ortega interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 101/2016 de 28 de septiembre, cursante de fs. 157 a 160 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 081/2017-RA
Sucre, 24 de enero de 2017
Expediente: Tarija 88/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Nivar José Alfaro Ortega
Delito: Abuso Sexual
RESULTANDO
Por memorial presentado el 3 de noviembre de 2016, cursante de fs. 163 a 165, Nivar José Alfaro Ortega interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 101/2016 de 28 de septiembre, cursante de fs. 157 a 160 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 3 de noviembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- b) Por diligencia de 26 de octubre de 2016 (fs
- Del memorial que cursa de fs
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Respecto al motivo por el cual recurrente refiere que la acusación no contiene la fecha
- Finalmente, cabe recordar que de manera reiterada este Máximo Tribunal de Justicia ha señalado que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
