Al punto iii): Al ser clara la problemática que fue objeto de la sentencia en
Al punto ii): Corresponde evidentemente, en vía de enmienda, dejar sin efecto la cita legal comprendida en la última parte del Considerando III, Apartado III.2 - Análisis del Problema Jurídico Planteado, de la Sentencia N° 29 de 24 de abril de 2017, como es el art. 147 de la Ley Nº 2492, aclarando sin embargo que dicha norma no se constituye en el basamento legal de la Sentencia anotada.
Al punto iii): Al ser clara la problemática que fue objeto de la sentencia en cuestión, la que se encuentra expuesta en los dos primeros párrafos del Considerando III, Apartado III.2 - Análisis del Problema Jurídico Planteado, no corresponde la complementación y enmienda solicitada
Al punto iii): Al ser clara la problemática que fue objeto de la sentencia en cuestión, la que se encuentra expuesta en los dos primeros párrafos del Considerando III, Apartado III.2 - Análisis del Problema Jurídico Planteado, no corresponde la complementación y enmienda solicitada
- VISTOS: La solicitud de complementación y enmienda de la Sentencia N° 29 de 24 de
- Que, la solicitud de complementación y enmienda presentada refiere que: i) La acción recursiva del
- CONSIDERANDO II: Que, revisada la Sentencia N° 29 de 24 de abril de 2017, cursante
- Al punto iii): Al ser clara la problemática que fue objeto de la sentencia en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y tómese razón.
