Auto Supremo AS/0806/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0806/2017-RA

Fecha: 20-Oct-2017

Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

El recurrente señala que interpone su recurso de casación amparado en las normas previstas en los arts. 370 incs. 1), 6), 8) y 10), 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal (CPP), con el fundamento de la inobservancia de los arts. 124, 171, 173, 167, 169 inc. 3) de la misma norma Procesal Penal y errónea interpretación de los arts. 308 bis y 310 incs. 2) y 4) del CP. Añade que fue sometido de manera sorpresiva a un procedimiento abreviado por el delito de Violación y que se encuentra cumpliendo pena privativa de libertad de dieciocho años, porque habría firmado un acuerdo de procedimiento abreviado.

Asimismo continúa transcribiendo in extenso el recurso de apelación restringida que cursa de fs. 42 a 45, conforme se evidencia de la lectura del referido memorial en el que planteó la existencia de los defectos de sentencia señalados por el art. 370 incs. 1) y 6) del CPP.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP