Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El recurrente señala que interpone su recurso de casación amparado en las normas previstas en los arts. 370 incs. 1), 6), 8) y 10), 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal (CPP), con el fundamento de la inobservancia de los arts. 124, 171, 173, 167, 169 inc. 3) de la misma norma Procesal Penal y errónea interpretación de los arts. 308 bis y 310 incs. 2) y 4) del CP. Añade que fue sometido de manera sorpresiva a un procedimiento abreviado por el delito de Violación y que se encuentra cumpliendo pena privativa de libertad de dieciocho años, porque habría firmado un acuerdo de procedimiento abreviado.
Asimismo continúa transcribiendo in extenso el recurso de apelación restringida que cursa de fs. 42 a 45, conforme se evidencia de la lectura del referido memorial en el que planteó la existencia de los defectos de sentencia señalados por el art. 370 incs. 1) y 6) del CPP.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 28 de julio de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
