La recurrente expone argumentos generales, señalando que su reclamo fue la mala valoración e insuficiencia
La recurrente expone argumentos generales, señalando que su reclamo fue la mala valoración e insuficiencia de la prueba, lo cual el Tribunal de apelación tendría obligación de revisar y principalmente la vulneración de derechos constituciones vulnerados en cada proceso y ver si la norma es aplicada correctamente, empero al confirmarse la Sentencia, una vez se había vulnerado su derecho a la defensa con el argumento de que el Juez de mérito valoró correctamente la prueba y aplico también de manera correcta la justicia, sin considerar que no se había exhibido el CD y cuadro fotográfico, aferrándose a la declaración de la víctima que señalaría que fue agredida con un paraguas, el mismo que no había sido secuestrado y que el único testigo presencial manifestó que la discusión era con su persona; aspecto que demostraría la contradicción, parcialidad y poco interés en el principio de inocencia. Argumentos, que no permiten establecer con claridad, cual es el agravio que le causó el Auto de Vista impugnado, sumado a dicha deficiencia en el planteamiento del motivo de casación, la recurrente no cumplió con la carga procesal de invocar precedente contradictorio y en consecuencia no señaló la posible contradicción entre éste y la resolución impugnada, conforme lo señalado por los arts. 416 y 417 del CPP. Por otro lado, si bien alega la vulneración de derechos y garantías constitucionales, empero al no haber explicado de manera clara y precisa los antecedentes generados del defecto, así como expresar en que consiste la restricción o vulneración alegada, impide a este Tribunal admitir el recurso vía excepcional por cumplimiento de requisitos de flexibilización
- Por memorial presentado el 28 de julio del 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- La recurrente expone argumentos generales, señalando que su reclamo fue la mala valoración e insuficiencia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
