- Partes: Elia Quevedo Justiniano c/ Hugo Celin Jiménez Justiniano
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1.- Del plazo de presentación y de la Resolución recurrible
- En este acápite corresponde realizar las siguientes consideraciones de orden legal
- III
- En relación a lo anterior, es también preciso señalar que la Ley Nº 439 del
- III.1.2.- Causales y requisitos de procedencia del recurso de casación
- II
- Por su parte el art
- En relación a lo anterior, corresponde especificar que la uniforme línea Jurisprudencial asumida por éste
- Respecto a la recurribilidad de la Resolución impugnada es preciso señalar los siguientes aspectos
- De lo analizado precedentemente se infiere que la recurrente no ha comprendido la naturaleza de
- En esa confusión, la ahora recurrente no vincula su denuncia a las causales de casación
- De lo examinado, se concluye la importancia que tiene la identificación del error en el
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Se regula honorarios profesionales del abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
