Del análisis del testimonio de compulsa se puede evidenciar que se trata de un proceso
Del análisis del testimonio de compulsa se puede evidenciar que se trata de un proceso en ejecución de Sentencia, y partiendo del entendimiento asumido en la doctrina aplicable III. 2 y III. 3, las resoluciones dictadas en ejecución de Sentencia son susceptibles de reposición y apelación en el efecto devolutivo, más no del recurso de casación, debido a que la fase de ejecución de Sentencia no puede suspenderse por ningún trámite o recurso ordinario o extraordinario, conforme se ha orientado, sin importar la esencia de la Resolución dictada, por cuanto al encontrarse en esa la fase la presente causa no resulta viable el recurso de casación, resultando correcta la decisión asumida por los Jueces de grado, pues un criterio en contrario implicaría generar un caos jurídico, resultando correcta la decisión asumida
- Partes: Lili Patricia Sandoval Almanza y Alejandra Almanza Vda
- I. ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
- Solicitando en definitiva declarar legal el recuso de compulsa y conceder el recurso de casación
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- Sobre el particular conforme se ha expuesto en el punto precedente el principio de impugnación
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Del análisis del testimonio de compulsa se puede evidenciar que se trata de un proceso
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
