Auto Supremo AS/1134/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1134/2017

Fecha: 31-Oct-2017

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO


VISTOS: El recurso de casación de 379 a 383, interpuesto por Milton Henry Borda Bolívar, contra el Auto de Vista de 19 de agosto de 2016, pronunciado por Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia y Violencia intrafamiliar Tercera del Tribunal Departamental de Justicia del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso seguido por Irene Arcani Mencia contra Milton Henry Borda Bolívar, el Auto Supremo de admisión de fs. 420 a 421; y

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:

El Juez Décimo Segundo de partido en lo Civil y Comercial de la Capital del Distrito de Santa Cruz, dicta sentencia de fecha 24 de diciembre de 2015 de fs. 170 a 173, por la que declara: “ IMPROBADA en todas sus partes la demanda saliente a fojas 9 a 10 del expediente, formulada por MARISABEL SOLIS ARCANI en representación de IRENE ARCANI MENCIA. Se declara PROBADA en parte la demanda reconvencional de fojas 103 a 105, en lo que corresponde al Mejor Derecho Propietario e IMPROBADA en cuanto a la acción negatoria de Derechos. En consecuencia declara el MEJOR DERECHO PROPIETARIO del Sr. MILTON HENRY BORDA BOLIVAR, sobre el inmueble ubicado en la UV168, Mza. 13 lotes No. 14 y 15 Registrados Bajo la Matricula No. 7011050028544, y lotes No. 16, 17, 18 y 19, el mismo que se encuentra registrado bajo la matricula No. 87011060113579, de fecha 19 de septiembre de 1994.”

Resolución contra la cual, la parte demandante interpuso recurso de apelación fs. 178 -180, recurso que debidamente sustanciado, fue resuelto por Auto de Vista de 19 agosto de 2016, por el que REVOCA PARCIALMENTE LA SENTENCIA, bajo el fundamento que : “ Realizado ese análisis, de la revisión de antecedentes del proceso en cuestión, se tiene que la controversia se suscita por la existencia de la preferencia del mejor derecho propietario del inmueble de litis, pues, en el caso que no ocupa y analizados las prueba producidas por las partes en el transcurso del proceso consistente en el certificado de Tradición especifica saliente de fs. 6 y 7, se tiene inicialmente una inmatriculación que data de fecha 19 de enero de 1980, del inmueble ubicado en la Zona Sur U.V. 168, Mza. 13, Lotes Nos. 14,15, 16 y 17, con una extensión superficial de 1964.91 m2., inscrito bajo Matricula computarizada Nº 7.01.2.02.0011752 de fecha 04 de noviembre de 2014 actualmente a nombre de demandante IRENE ARCANI MENCIA