POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 400.II de la Ley Nº 603 y art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso de casación de fs. 133 a 135 vta., interpuesto por Daniel Quintanilla Veliz contra el Auto de Vista S.C.C. FAM.II Nº 475/2016 de 22 de noviembre de 2016 cursante de fs. 130 y vta., pronunciado por la Sala Civil Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justiciad de Chuquisaca
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- Partes: Gregoria Antequera Rodríguez. c/ Daniel Quintanilla Veliz
- Proceso: División y Partición de Bien Ganancial
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
