Conforme a lo previsto en el art
II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Conforme a lo previsto en el art. 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta señala que a la vigencia plena de la mencionada ley se aplicarán conforme determina el art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:
II.1.- Emitido el Auto de Vista de fs. 306 a 307 y su Auto complementario de fs. 311, los recurrentes sin ser notificados con el Auto complementario de fs. 311, presentan el recurso en fecha 17 de noviembre (timbre de fs. 313), presumiéndose haber presentado dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, recurso en el cual también se advierte que los recurrente identifican la Resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia, los recurrentes impugnan la mencionada resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que revocó parcialmente la Sentencia apelada, declarando probada la demanda reconvencional presentada por Víctor Vaca Veliz de fs. 27 a 30 recurren de casación, que resulta ser permisible, conforme al sistema de impugnación vertical
- Partes: Juan Carlos Villarroel Zabala y otro. c/ Ambrosio Vaca Veliz y otros
- Proceso: Ordinario sobre cumplimiento de contrato y otros
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- Asimismo, denuncian la violación del art
- Agrega que, en el Auto de Vista se habría violado sus derechos como ser a
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
