Auto Supremo AS/0167/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente motivo


c) Por diligencia de 28 de noviembre de 2016 (fs. 42), la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado; y, el 30 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente motivo:

La parte recurrente denuncia que los Vocales dictaron el Auto de Vista impugnado, sin una debida fundamentación y motivación jurídica, contradiciendo lo establecido por las SSCC 0263/2015-S3 de 26 de marzo de “2016”, 1365/2005-R de 31 de octubre y 0040/2007-R de 31 de enero; confirmando la Sentencia con relación a la culpabilidad y condena del imputado, por el delito de Incumplimiento de Deberes y absolviéndolo por el delito de Peculado; a través de una Resolución incoherente, fuera del contexto jurídico, bajo el argumento que durante el juicio no se presentó prueba alguna, abocándose a hacer una relación de hechos y no así del derecho, ni aplicar la sana crítica, permitiendo un daño económico al patrimonio del Estado Boliviano de Bs. 389.590,00.- (trescientos ochenta y nueve mil quinientos noventa 00/100 bolivianos), que debieron ser protegidos y bien administrados por los servidores públicos.

Agrega que en la audiencia de apelación restringida no se presentó ninguna prueba que viabilice la absolución del imputado por el delito de Peculado, simplemente se reclamó por supuestos agravios sufridos en el trámite del juicio; además, el Auto de Vista se contradijo cuando señaló que no hubo prueba que demuestre la comisión del precitado delito, sino sólo indiciaria, empero, afirmó luego “que recibió dinero y que no sabe a dónde fueron a parar” (sic), prueba clara de la falta de fundamentación jurídica valedera que dé lugar a la absolución, incumpliendo lo preceptuado por el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP)