Auto Supremo AS/0176/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0176/2017

Fecha: 20-Mar-2017

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en observancia de los arts


En consecuencia, ante los argumentos expuestos, se evidencia que este Tribunal al disponer se extienda la certificación impetrada por los imputados conforme a los antecedentes que cursan en el cuaderno procesal, no incurrió en error alguno que amerite la reposición pretendida por el representante del Ministerio Público.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en observancia de los arts. 401 y 402 del CPP, dispone NO HABER LUGAR al recurso de reposición que antecede, manteniendo incólume el decreto de 14 de febrero de 2016