Auto Supremo AS/0176/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0176/2017

Fecha: 20-Mar-2017

Mediante el precitado memorial, Jhonny Escóbar Paredes, Fiscal de Materia, interpone recurso de reposición contra


I. MOTIVOS DEL RECURSO

Mediante el precitado memorial, Jhonny Escóbar Paredes, Fiscal de Materia, interpone recurso de reposición contra los decretos de 14 de febrero del presente año, mediante los cuales, esta instancia judicial determinó atender la solicitud de certificación requerida por los imputados Savina Cuéllar Leaños, Epifania Donata Terrazas Mostacedo, Juan Carlos Zambrana Daza, Jhamill Pillco Calvimontes y Franz Quispe Hernández; argumentando que el art. 127 del Código de Procedimiento Penal (CPP), no legitimaría a los imputados, para impetrar este tipo de solicitud, sino a autoridades públicas y a particulares ajenos al proceso que acrediten legítimo interés, y siempre que el estado del proceso no lo impida; por lo tanto, los peticionantes carecerían de legitimación activa amparar su pretensión en la citada norma Procesal Penal. Además, que en instancia casacional, no se contarían con todos los actuados del proceso penal objeto de la petición, que permitan otorgar la certificación solicitada, dado que todos los antecedentes de la etapa preparatoria se encuentran en el Juzgado de Instrucción en lo Penal donde se sustanció el mismo. Por lo que, en caso de emitirse cualquier certificación por Secretaría, esta carecería de toda validez probatoria, ya que no se cuentan con todas las piezas procesales (etapa preliminar, preparatoria, juicio oral y recursos)