Asimismo refiere que, su representado habría sido notificado con el informe de perito en fecha
Asimismo refiere que, su representado habría sido notificado con el informe de perito en fecha 16 de febrero de 2016, teniendo 5 días para presentar cualquier objeción o aceptación de dicho informe, sin embargo la Juez A quo habría pasado a dictar Sentencia dentro del periodo en el cual podía haber impugnado o validado ese informe, por lo que se habría vulnerado el derecho al debido proceso, hecho que no habría sido considerado por el Tribunal de Alzada; peticionando casar el Auto de Vista y se revoque la Sentencia apelada declarando improbada la demanda o en su defecto se anule la Resolución recurrida, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
- Partes: Delia Parra Trujillo c/ David Méndez Herrera
- Proceso: Sobre mejor derecho propietario, reivindicación, acción negatoria, mas el pago de daños y perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- Asimismo refiere que, su representado habría sido notificado con el informe de perito en fecha
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
