Ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta
II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta señala que a la vigencia plena se aplicarán lo dispuesto en la referida Ley Nº 439, conforme determina el art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:
II.1.- Del plazo de presentación y de la resolución recurrible.-
Emitido el Auto de Vista de fecha 19 de agosto de 2016, cursante de fs. 79 a 80 vta., se notifica a la parte actora, ahora recurrente, en fecha 28 de noviembre de 2016 (fs. 81), habiendo presentado recurso de casación en fecha 05 de diciembre del año 2016 (Según el timbre electrónico de presentación de fs. 92), esto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, (Ley Nº 439), de cuyo contenido se evidencia que el recurrente identifica la Resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia, Walter Condori impugna la mencionada Resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que, anula obrados, Valeriano Urey Sejas (demandante), recurre de casación que, resulta ser permisible conforme al sistema de impugnación vertical
- Partes: Valeriano Urey Sejas c/ Walter Condori
- Distrito: Cochabamba
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta
- III
- Ahora bien, del análisis del recurso de casación corresponde señalar que conforme se ha orientado
- En base a esas consideraciones, se concluye que el recurso de casación en el fondo
- En el sub lite, claramente se advierte que el Auto de Vista de fecha 19
- Por otra parte, el recurrente solicita a este Máximo Tribunal que en base al recurso
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
