En base a esas consideraciones, se concluye que el recurso de casación en el fondo
En base a esas consideraciones, se concluye que el recurso de casación en el fondo y en la forma son dos medios de impugnación distintos que persiguen finalidades diferentes, razón por la cual antes de interponer recurso de casación se debe tomar en cuenta esos aspectos generales que hacen viable el mismo
- Partes: Valeriano Urey Sejas c/ Walter Condori
- Distrito: Cochabamba
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta
- III
- Ahora bien, del análisis del recurso de casación corresponde señalar que conforme se ha orientado
- En base a esas consideraciones, se concluye que el recurso de casación en el fondo
- En el sub lite, claramente se advierte que el Auto de Vista de fecha 19
- Por otra parte, el recurrente solicita a este Máximo Tribunal que en base al recurso
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
