II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Refiere que no se toma en cuenta lo contenido en los Arts. 1 num.2 ), 17) y 213 del nuevo código procesal civil, también refiere que no fue aplicado lo normado en el art. 158 y 167 del CC, ya que al ser la propiedad es común se debe aplicar las regla de copropiedad, reglas que habrían sido erradamente aplicadas por el A quo, entre mezclando propiedades que no son comunes y por ende no se encuentra en estado de copropiedad, extremos que fueron acusados en apelación lo cual no habría sido tomado en cuenta por el Tribunal de alzada sino más bien violaron la norma al referir que no existen agravios, aplicándose incorrectamente el art. 218 I-1.b) del Código Procesal Civil
Refiere que no se toma en cuenta lo contenido en los Arts. 1 num.2 ), 17) y 213 del nuevo código procesal civil, también refiere que no fue aplicado lo normado en el art. 158 y 167 del CC, ya que al ser la propiedad es común se debe aplicar las regla de copropiedad, reglas que habrían sido erradamente aplicadas por el A quo, entre mezclando propiedades que no son comunes y por ende no se encuentra en estado de copropiedad, extremos que fueron acusados en apelación lo cual no habría sido tomado en cuenta por el Tribunal de alzada sino más bien violaron la norma al referir que no existen agravios, aplicándose incorrectamente el art. 218 I-1.b) del Código Procesal Civil
- Distrito: Chuquisaca
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la cual, la parte demandada interpuso recurso de casación de fs
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- También señala que el juzgador de alzada no ha tomado en cuenta lo abundantemente argumentado
- Señala que el recurso de casación no cumple los requisitos básicos, porque refiere lo
- III.- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que citando
- El derecho a la impugnación se encuentra consagrado en el art
- Entre los recursos que la Ley franquea o reconoce para hacer efectivo el derecho a
- En este marco resulta necesario referir que sobre el derecho a la impugnación la Sentencia
- de 23 de julio que: “En fallos emitidos anteriormente este Tribunal ha establecido que
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al respecto corresponde señalar que del análisis del Auto de Vista recurrido, se tiene que
- Fundamento que demuestra la existencia de reclamos claros incoados por el recurrente los cuales fueron
- Por cuanto los agravios expuestos en apelación que han sido extraídos en el Auto de
- Finalmente, corresponde señalar el hecho de que un recurso no contenga una técnica recursiva exquisita
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
- Sin responsabilidad por ser excusable el error
- Cumpliendo lo previsto por el artículo 17
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
