POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el Art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 276 a 278 vta., interpuesto por Cecilia Torrico Nogales contra el Auto de Vista No. 5/2017 de 18 de enero, cursante de fs. 270 a 272, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Proceso: Ordinario sobre rescisión de contrato por lesión
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
