De la revisión del recurso de casación de fs
II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación.-
De la revisión del recurso de casación de fs. 1091 a 1098, interpuesto por Yonny Alberto Siles Galvis, se desprende que entre “otras denuncias”, refiere que el Tribunal de Alzada a tiempo de pronunciar el Auto de Vista incurre en la vulneración de los principios constitucionales del derecho a la defensa, el debido proceso, concentración procesal, especificidad, finalidad del acto, trascendencia y convalidación, conculcando los arts. 115. II, 119 y 120 de la Constitución Política del Estado, vinculando su denuncia con la infracción de los arts. 50, 190, 192, 194, 526, 544 parag. III, todos del Código de Procedimiento Civil; además de cuestionar la contravención de los arts. 1280, 1289, 1449, 1451, 1452, 1470, 1485 y 1534 todos del Código Civil; peticionando la nulidad de la Resolución impugnada o en su defecto casar el Auto de Vista recurrido; fundamentos estos que hacen admisible la consideración del recurso de casación referido, infiriéndose de consiguiente que la parte recurrente cumple con la exigencia establecida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Partes: Banco de Crédito de Bolivia S.A. c/ Nilton Tancara Mamani y otro
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- En el marco de lo preceptuado por el art
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
