POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad a los arts
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad a los arts. 421 numeral 5 y 423 del Código de Procedimiento Penal y art. 38 numeral 6 de la Ley del Órgano Judicial, declara INADMISIBLE el recurso de revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada interpuesto a fs. 26 a 28, por Juan Carlos Arze Gutiérrez, emergente del fenecido proceso penal seguido a instancias del Ministerio Público en contra de Juan Carlos Arze Gutiérrez por la comisión del delito de violación a niño, niña o adolescente previsto en el art. 308 bis del Código Penal, salvando el derecho que le asigna el artículo 427 del Código de Procedimiento Penal
- AUTO SUPREMO: 61/2017
- EXPEDIENTE Nº:05/2017
- MAGISTRADA TRAMITADORA: Rita Susana Nava Durán
- CONSIDERANDO I: Que Juan Carlos Arze Gutiérrez por memorial de fs
- Fundamentación jurídica
- CONSIDERANDO II: Que del análisis y fundamentos del recurso interpuesto se establece que
- En el presente caso, conforme a los argumentos del recurso se comprueba
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad a los arts
- No intervienen las Magistradas Maritza Suntura Juaniquina, Norka Natalia Mercado Guzmán al evidenciar que emitieron
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Sala Plena
