Por memorial presentado el 6 de enero de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 346/2017-RA
Sucre, 19 de mayo de 2017
Expediente: Pando 6/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Juan Carlos Vargas Taborga
Delito: Suministro de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 6 de enero de 2017, cursante de fs. 41 y vta., Juan Carlos Vargas Taborga, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 24 de noviembre de 2016, de fs. 35 a 36, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 346/2017-RA
Sucre, 19 de mayo de 2017
Expediente: Pando 6/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Juan Carlos Vargas Taborga
Delito: Suministro de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 6 de enero de 2017, cursante de fs. 41 y vta., Juan Carlos Vargas Taborga, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 24 de noviembre de 2016, de fs. 35 a 36, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Suministro de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 6 de enero de 2017, cursante de fs
- I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con relación al único motivo, en el que el recurrente refiere, que el Auto de
- Con relación a la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 89/2013 de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
