De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Por Sentencia 10/2015 de 03 de septiembre (fs. 39 a 51), el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Tomas Fernando Montero Terán, autor de la comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270 incs. 1) y 3) del CP, imponiendo la pena de cinco años de presidio, con costas y pago de responsabilidad civil a favor del Estado y de la víctima.
b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Tomás Fernando Montero Terán (fs. 79 a 81), que previo al memorial de subsanación (fs. 105 y vta.), interpuso recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista 68/2016 de 28 de octubre, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró improcedente el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada, con costas.
c)Por diligencia de 11 de enero del 2017 (fs. 127), fue notificado el recurrente, con el referido Auto de Vista; y, el 13 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 13 de enero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Tribunales Departamentales de Justicia; los cuales deberán ser expuestos de forma clara y precisa, a
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
