Por memorial presentado el 5 de mayo de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 372/2017-RA
Sucre, 22 de mayo de 2017
Expediente: Santa Cruz 3/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Marín Canaviri Layme
Delito : Violencia Familiar o Doméstica y Económica
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de mayo de 2017, cursante de fs. 1550 a 1551, Fanny Fructuosa Callejas Chambi, desiste de manera llana y simple del derecho y la acción penal intentada, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la impetrante contra Marín Canaviri Layme, por la presunta comisión del delito de Violencia Familiar o Doméstica y Violencia Económica, previsto y sancionado por los arts. 272 bis y 250 bis incs. a) y b) con relación al art. 20 del Código Penal (CP), concordante con el art. 7 incs. 1), 3) y 8) de la Ley integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia (Ley 348)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 372/2017-RA
Sucre, 22 de mayo de 2017
Expediente: Santa Cruz 3/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Marín Canaviri Layme
Delito : Violencia Familiar o Doméstica y Económica
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de mayo de 2017, cursante de fs. 1550 a 1551, Fanny Fructuosa Callejas Chambi, desiste de manera llana y simple del derecho y la acción penal intentada, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la impetrante contra Marín Canaviri Layme, por la presunta comisión del delito de Violencia Familiar o Doméstica y Violencia Económica, previsto y sancionado por los arts. 272 bis y 250 bis incs. a) y b) con relación al art. 20 del Código Penal (CP), concordante con el art. 7 incs. 1), 3) y 8) de la Ley integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia (Ley 348)
- Por memorial presentado el 5 de mayo de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Marín Canaviri Layme (fs
- c)Por diligencia de 9 de diciembre de 2016 (fs
- II. MEMORIAL DE DESISTIMIENTO
- La acusadora particular en su condición de víctima, mediante memorial de 5 de mayo de
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
