Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
1)La recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado incurre en defectos absolutos conforme lo previsto por el art. 169 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), pues pese a que el Ministerio Público habría sido notificado con el Auto de Vista de 22 de diciembre del año 2015 y con el Auto de 7 de enero del 2016, que declaró ejecutoriada la referida Resolución, lo que demostraría que fue notificado en reiteradas oportunidades con el Auto de Vista de 18 de diciembre del 2015, por lo que, no correspondería dar curso al memorial de incidente de nulidad de notificación y Auto de Vista de 12 de julio del 2016, por lo que considera forzadas, además de violar el debido proceso, porque el caso de autos ya tenía la calidad de cosa juzgada, sumado al hecho que la notificación habría cumplido su finalidad y que el hecho de que el Ministerio Público no hubiera hecho uso de los recursos previstos por ley es otra responsabilidad
- Por memorial presentado el 20 de febrero del 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, la imputada Patricia Elizabeth Crespo Cabrera (fs
- c)Por diligencia de 13 de febrero de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- 2)Por otro lado, de antecedentes se advertiría que en la audiencia de fundamentación de apelación
- 3)Denuncia también que el Auto de Vista de 2 de febrero del 2017, no cumple
- 4)Alega también que, no se le notificó con el memorial de la Acción de Amparo,
- El art
- Penales de estos Tribunales o del Tribunal Supremo de Justicia; entendiéndose que existe contradicción cuando
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que en los motivos primero,
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
