Por memorial presentado el 20 de febrero del 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 393/2017-RA
Sucre, 30 de mayo de 2017
Expediente: Pando 11/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Patricia Elizabeth Crespo y otros
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de febrero del 2017, cursante de fs. 457 a 460, Patricia Elizabeth Crespo Cabrera, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 2 de febrero del 2017, de fs. 449 a 450, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Pablo Hansi Siani Queteguari, José Antonio Torrico Saavedra y la recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 393/2017-RA
Sucre, 30 de mayo de 2017
Expediente: Pando 11/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Patricia Elizabeth Crespo y otros
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de febrero del 2017, cursante de fs. 457 a 460, Patricia Elizabeth Crespo Cabrera, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 2 de febrero del 2017, de fs. 449 a 450, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Pablo Hansi Siani Queteguari, José Antonio Torrico Saavedra y la recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 20 de febrero del 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, la imputada Patricia Elizabeth Crespo Cabrera (fs
- c)Por diligencia de 13 de febrero de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- 2)Por otro lado, de antecedentes se advertiría que en la audiencia de fundamentación de apelación
- 3)Denuncia también que el Auto de Vista de 2 de febrero del 2017, no cumple
- 4)Alega también que, no se le notificó con el memorial de la Acción de Amparo,
- El art
- Penales de estos Tribunales o del Tribunal Supremo de Justicia; entendiéndose que existe contradicción cuando
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que en los motivos primero,
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
