Auto Supremo AS/0393/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0393/2017-RA

Fecha: 30-May-2017

En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que en los motivos primero,


En el caso de autos se establece que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 13 de febrero de 2017, habiendo formulado su recurso de casación el 20 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.

En cuanto a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que en los motivos primero, segundo, tercero y cuarto de casación se advierte que la recurrente, impugna supuestos defectos absolutos que derivan de una resolución de apelación incidental, que como consecuencia de una Acción de Amparo Constitucional, confirmó la Sentencia en cuanto a la disposición de confiscación del bien inmueble de propiedad de la ahora recurrente; de lo que se establece que la misma, no observó que conforme a lo previsto por el art. 416 del CPP, el recurso de casación es un medio de impugnación que procede contra Autos de Vista que resuelven recursos de apelación restringida, interpuestos contra Sentencias, empero no para impugnar una resolución de apelaciones incidentales. Por lo que corresponde declarar inadmisible el recurso de casación