Auto Supremo AS/0557/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0557/2017-RA

Fecha: 30-May-2017

Conforme a lo previsto en el art


II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:

Conforme a lo previsto en el art. 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta señala que a la vigencia plena de la mencionada ley se aplicarán conforme determina el art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:

II.1.- Emitido el Auto de Vista de fs. 1013 a 1020 vta., se notifica a la entidad recurrente en fecha 21 de marzo de 2017 (fs. 1022), habiendo presentado el recurso en fecha 4 de abril de 2017 (fs. 1028 vta.), esto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, recurso en el cual también se advierte que la recurrente identifica la Resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia, la entidad recurrente impugna la mencionada resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que confirmó la Sentencia apelada y Auto complementario a fs. 276, Auto a fs. 282 y vta., Auto a fs. 288 y vta., la Resolución de fs. 611 a 612 y Auto a fs. 617 recurre de casación, que resulta ser permisible, conforme al sistema de impugnación vertical