Auto Supremo AS/0230/2017-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0230/2017-A

Fecha: 14-Jun-2017

En mérito a lo analizado y lo previsto en el art


En mérito a lo analizado y lo previsto en el art. 108 de la Constitución Política del Estado (CPE), en el presente proceso laboral, corresponde realizar el examen de admisibilidad, respecto al Recurso de Nulidad o Casación cursante a fs. 312 del expediente, conforme lo previsto en el art. 277 del NCPC, el cual dispone: "… el Tribunal Supremo de Justicia, bajo la permisibilidad… (…)…examinará si se cumplieron los requisitos previstos por el art. 274 del presente Código y de no ser así, dictará resolución declarando improcedente el recurso, en cuyo caso se tendrá por ejecutoriada la resolución recurrida para su consiguiente cumplimiento por el inferior"