Sin embargo, el planteamiento advierte la denuncia de presunta vulneración de derechos y garantías constitucionales
Sin embargo, el planteamiento advierte la denuncia de presunta vulneración de derechos y garantías constitucionales a la seguridad jurídica, principio de legalidad y al debido proceso en su elemento de la debida fundamentación, además de incongruencia omisiva en que hubiere incurrido el Auto de Vista impugnado, susceptibles de generar defectos absolutos inconvalidables; al respecto, el recurrente ha proporcionado fundamentos mínimos pero aceptables respecto del cumplimiento de los presupuestos de flexibilización relacionados en el acápite anterior, situación que permite ingresar al análisis de fondo del motivo a efectos de determinar la posible existencia de derechos y garantías denunciadas, por esta vía extraordinaria de admisibilidad
- Por memorial presentado el 13 de marzo de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 6 de marzo de 2017 (fs
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo de cinco días
- El recurrente denunció que el Tribunal de alzada, dejó de lado el análisis de los
- Sin embargo, el planteamiento advierte la denuncia de presunta vulneración de derechos y garantías constitucionales
- haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional,
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
