Auto Supremo AS/0434/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0434/2017-RA

Fecha: 09-Jun-2017

Ahora bien, con relación a los demás requisitos, se advierte que en el recurrente denuncia,


Ahora bien, con relación a los demás requisitos, se advierte que en el recurrente denuncia, que el Tribunal de alzada habría anulado la Sentencia y mandado el reenvío del expediente, sin determinar qué ley fue aplicada de manera errónea o inobservada, y concluyendo de manera incongruente que el Juez inferior habría incurrido en defectuosa valoración de la prueba, señalando que, a su criterio, no se probaron los hechos acusados, citando como precedente contradictorio el Auto Supremo 675/2016-RRC de 12 de septiembre, que hubiere establecido que se puede declarar la nulidad de la Sentencia y ordenar la reposición del juicio, si se evidencia errónea aplicación de la ley sustantiva en que hubiera incurrido el Juez de mérito, por la incorrecta valoración de la prueba; sin embargo, el Tribunal de alzada señala que el Juez inferior incurrió en defectuosa valoración de la prueba, concurriendo el defecto de Sentencia establecido en el art. 370 inc. 6) del CPP y que ello ameritaba la anulación de la Sentencia y reposición del juicio, explicación que por su claridad y precisión, permite concluir que cumplió con los requisitos previstos en los arts. 416 y 417 del CPP, resultando admisible