De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado dentro
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO O NO DE DICHOS REQUISITOS
De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado dentro del plazo previsto; habida cuenta, que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 23 de febrero del 2016, presentando su recurso el 6 de marzo del mismo año, en cumplimiento del requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP, considerando que de por medio se encuentra el feriado de carnaval; por lo que, corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad
- Por memorial presentado el 6 de marzo de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Irene Arcani Mencia (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado dentro
- Ahora bien, con relación a los demás requisitos, se advierte que en el recurrente denuncia,
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
