Auto Supremo AS/0446/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0446/2017-RA

Fecha: 19-Jun-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 21 de 23 de julio de 2009 (fs. 345 a 361), el Tribunal Quinto de Sentencia de Santa Cruz, declaró a Enrique Fernández Hurtado y Judith Gutiérrez Yépez, autores del delito de Asesinato; y, a Gabriela Rueda Gutiérrez del delito de Encubrimiento, previstos y sancionados por los arts. 252 incs. 2) y 3) y 171 del CP, imponiendo la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto a los dos primeros, y dos años de reclusión a la tercera, concediendo el Perdón Judicial a esta última. Posteriormente, fue dictado el Auto de Vista 134 de 3 de noviembre de 2009 (fs. 640 a 644), que anuló totalmente la Sentencia apelada disponiendo el reenvío de la causa, siendo declarados inadmisibles los recursos de casación por Auto Supremo 87/2013-RA de 11 de abril (fs. 788 a 790). Es así, que por el reenvío de la causa, por Sentencia 03/2015 de 14 de enero (fs. 1120 a 1141), el Tribunal Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Enrique Fernández Hurtado, Judith Gutiérrez Yépez y Gabriela Rueda Gutiérrez, absueltos de pena y culpa del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 inc. 2) del CP