Auto Supremo AS/0466/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0466/2017-RA

Fecha: 27-Jun-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I.ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 05/2016 de 10 de marzo (fs. 253 a 260), el Tribunal de Sentencia de Uncía del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Juan José Terán Ríos, auto de la comisión de los delitos de Peculado, Concusión y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados por los arts. 142, 151 y 224 del CP, imponiendo la pena de ocho años de reclusión y multa de trescientos días a razón de Bs. 5.- por día, con costas a favor del Estado calificables en Bs. 1500.-; asimismo, fue absuelto del delito de Incumplimiento de Deberes.

b)Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Unidad de Calificación de Años de Servicios a.i., dependiente de la Dirección General de Programación y Operaciones del Tesoro-Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, representado por Carlos Camargo Ticona y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas representado por su asesora legal Teresa Patricia Lamadrid Aguilar (fs. 267 a 268 vta.) y el imputado Juan José Terán Ríos (fs. 287 a 301 vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 23/2016 de 2 de agosto, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró improcedente el recurso planteado por el imputado y confirmó la Sentencia apelada. Por otra parte fue rechazada la solicitud de Complementación y enmienda de la parte acusadora mediante Resolución de 4 de noviembre del 2016 (fs. 363)