Auto Supremo AS/0472/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0472/2017-RA

Fecha: 27-Jun-2017

Asimismo, se hace constar que el Auto Supremo 342 de 28 de agosto, al no


Con relación al primer motivo traído en casación, por el cual denuncia que el Tribunal ad quem responde de forma evasiva a su alzada, al manifestar su imposibilidad de realizar valoración probatoria nuevamente, sin que haya pedido explícitamente ello, sino que se repare el incumplimiento de las reglas de la sana critica; en cuanto, a la prueba testifical de cargo, ya que la Sentencia habría efectuado conclusiones sin explicar sus razones para ello, se extrae que el recurrente ha cumplido con la labor procesal de invocar como precedente contradictorio el Auto Supremo “45/2012” (sic), el cual de su cita doctrinal refiere que el Auto de Vista debe estar debidamente fundamentado y motivado cumpliendo los parámetros para ello, debiendo circunscribirse a las denuncias y no ser evasivo e incongruente; aspecto que, afirma fue inobservado por el Auto de Vista impugnado, donde manifiesta que obtuvo una respuesta evasiva que no atañe al fondo del agravio que reclamo; por consiguiente, al haberse dado cumplimiento a las previsiones contempladas en los arts. 416 y 417 del CPP, el presente motivo deviene en admisible.

Asimismo, se hace constar que el Auto Supremo 342 de 28 de agosto, al no haber señalado la fecha de su emisión, no será tomado en cuenta para el análisis de fondo