De la revisión del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El recurrente, en referencia a los agravios resueltos por el Auto de Vista impugnado, señala que: i) Los hechos sustentados en la acusación, develan la intención de dañar su imagen, demostrados con pruebas testificales como del CD, sin que exista incongruencia o contradicción, porque el Juez resolvió todos y cada uno de los puntos denunciados, aplicando las reglas de la sana crítica y utilizando un procedimiento lógico, razonable, valorativo y teleológico; que fue difamado al ser una persona pública que defendió el interés de la población potosina, dañando su imagen y reputación por la polémica que se generalizó en la población de la ciudad, hecho que fue escuchado por el testigo Marcelino Quintanilla Suyo en los medios de comunicación que trasmitían en vivo la noticia, que no mencionó que el acusado haya ido personalmente a los medios de comunicación. ii) No se puede aseverar que la declaración del testigo Marcelino Quintanilla sea falsa, nunca se estableció una coartada o se entabló conversación con los testigos; el juzgador valoró eficazmente cada una de las pruebas de manera analítica e intelectiva en su individualidad y conjunto, arribando a conclusiones para tomar una decisión de todo lo visto, oído y percibido de acuerdo al Auto de Supremo 14/2013-RRC de 6 de febrero, por lo que, no corresponde la anulación del juicio. iii) Acusa que su honor fue vulnerado al haberse utilizado falaces versiones, con la finalidad de afectar su dignidad y decoro en forma injuriosa, desacreditando sus ideales cívicos por haber encabezado un movimiento cívico a favor de las reivindicaciones de su tierra
- Por memorial presentado el 9 de marzo de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Javier Augusto Flores Castro interpuso recurso de
- c) Por diligencia de 2 de marzo de 2017 (fs
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se establece, que el recurso de casación fue interpuesto dentro
- El recurrente denuncia que los hechos sustentados en la acusación, fueron demostrados con prueba testifical
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
