III.1.- No es viable en casación impugnar lo fundamentado en Sentencia
III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- No es viable en casación impugnar lo fundamentado en Sentencia:
En cuanto a este tema podemos citar el Auto Supremo 214/2016 de fecha 14 de marzo, sobre el tema, ha señalado: “Corresponde precisar que conforme a una adecuada técnica procesal recursiva dentro de un proceso ordinario el recurso de casación se interpone contra la Resolución de segunda instancia, es decir, contra el Auto de Vista, conforme orienta lo establecido en el art. 255 en sus incisos del 1) al 4) con la salvedad de lo establecido en el inciso 5) entonces todos los reclamos incoados en el recurso de casación deben estar orientados a observar aspectos de forma y fondo inherentes a lo dispuesto por el Tribunal de segunda instancia y no así, lo expresado en primera instancia, como ser la Sentencia, debido a que este Tribunal ha de analizar y resolver declarar infundado o casar el Auto de Vista y no la Sentencia
- Justina Coronel Loa
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- 2
- 3
- Respuesta al recurso
- A su vez, Quimberly Quiroga Lahore y Leonardo Rodrigo Quiroga Lahore responden, impetrando que se
- III.1.- No es viable en casación impugnar lo fundamentado en Sentencia
- Criterio que ha sido asumido de forma categórica en el Auto Supremo Nº 493/2014 de
- En el caso de Autos, se evidencia que el recurso planteado de fs
- III.2.- Sobre la obligación de agotar la solicitud de complementación y enmienda
- Primeramente se debe tener presente que el art
- En este marco, se concluye que cuando se alegue incongruencia omisiva en la resolución impugnada,
- Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
- Ahora si dicha respuesta, no satisfacía las expectativas deducidas por los recurrentes debieron formular la
- III.3.- Sobre los requisitos previstos por el 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
- Corresponde señalar que el referido artículo, exige que el recurrente debe cumplir en expresar con
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- Exigencia que tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el fondo
- IV. ANÁLISIS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- En relación a la denuncia en el punto 3) referido a que en el Auto
- En el caso en examen, la recurrente formula denuncias sobre supuestos errores de procedimiento que
- Asimismo, en su petitorio final de manera errónea entre otras, solicita “casar el Auto de
- De lo examinado, se concluye la importancia que tiene la identificación del error en el
- Por lo que se deduce que los recurrentes no han cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
