Auto Supremo AS/0367/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0367/2017-RA

Fecha: 03-Jul-2017

El art


Añade, vulneración de derechos y garantías constitucionales al debido proceso, en su vertiente de la congruencia, a la defensa y a una justicia pronta plural y oportuna, al no analizar en el fondo los ilícitos de la errónea valoración de la prueba por lo que fue sentenciado a treinta años sin derecho a indulto y sin valorar la prueba de descargo, bajo el supuesto de no haber sido invocado en su momento.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP