De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 830 a 833 y de fs. 895 a 896 interpuesto por la Sociedad Minera Comercial S.R.L. (SOMINCO SRL) a través de sus representantes Hugo Ronald Peláez Terrazas y Mercedez Burgoa Claure contra el Auto de Vista Nº 48/2017 de 11 de mayo, cursante de fs. 816 a 824 pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso sobre cumplimiento de obligación y resarcimiento de daños y perjuicios y lucro cesante seguido por Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) contra Sociedad Minera Comercial SRL (SOMINCO SRL), el Auto de fs. 912 que concedió ambos recursos, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 45/2016 de 22 de agosto que declaró probada la demanda, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por la Sociedad demandada, fue resuelto por Auto de Vista Nº 48/2017 de 11 de mayo, cursante de fs. 816 a 824, que confirmó la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por la Sociedad Minera Comercial SRL (SOMINCO SRL) a través de sus representantes Hugo Ronald Peláez Terrazas y Mercedez Burgoa Claure, que son objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 45/2016 de 22 de agosto que declaró probada la demanda, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por la Sociedad demandada, fue resuelto por Auto de Vista Nº 48/2017 de 11 de mayo, cursante de fs. 816 a 824, que confirmó la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por la Sociedad Minera Comercial SRL (SOMINCO SRL) a través de sus representantes Hugo Ronald Peláez Terrazas y Mercedez Burgoa Claure, que son objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) c/ Sociedad Minera Comercial SRL (SOMINCO SRL)
- Proceso: Cumplimiento de obligación y resarcimiento de daños y perjuicios y lucro cesante
- Distrito: Oruro
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
