Auto Supremo AS/0785/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0785/2017

Fecha: 25-Jul-2017

Corresponde precisar que el reclamo que realiza la demandada ahora recurrente hace mención a reclamos

Corresponde precisar que el reclamo que realiza la demandada ahora recurrente hace mención a reclamos que de ser evidentes y trascendentes, afectarían los derechos de Soledad Bacotich Arce y Gloria Rosa Bacotich Arce, quienes contra la Sentencia de primer grado interpusieron recurso de apelación de fs. 693 a 701 subsanada y ratificada a fs. 702, donde las apelantes realizaron los reclamos sobre los aspecto que consideraban afectaba sus derechos, en tal entendido si las mismas consideraban que lo resulto por el Tribunal de Alzada en función a sus reclamos de apelación, les causaba algún perjuicio o conculcaba sus derechos, tenían a sus alcance la posibilidad de recurrir en casación dicha decisión; sin embargo, en el caso presente se tiene que Soledad Bacotich Arce y Gloria Rosa Bacotich Arce, a quienes afectaría el supuesto vicio que trae como reclamo en el presente recurso la ahora recurrente -no interpusieron recurso de casación- en tal sentido, en relación a lo ampliamente fundamentado en el punto III.3 de la doctrina aplicable, este Supremo Tribunal no observa en el reclamo contenido en este punto, el perjuicio que habría sufrido la recurrente, que conforme se expuso supra de ser evidente afectaría los derechos de otras persona que decidieron no interponer el recurso de casación, en consecuencia Sandra Marisol Bacotich Arce de Martínez carece de legitimación procesal para impugnar, sobre este aspecto; deviniendo en infundado lo acusado en este punto